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LEY 6/2017 DE REFORMAS URGENTES DEL TRABAJO AUTÓNOMO

Medidas que entran en vigor el día 26 de octubre de 2017:

  • La devolución del exceso de cotización de los trabajadores autónomos en régimen de pluriactividad se realizará de oficio por la TGSS antes del 1 de mayo, sin necesidad de solicitarla. Esta medida también será de aplicación a los trabajadores por cuenta propia incluidos en el grupo primero de cotización en el RETMAR.
  • Incrementa de 7 a 12 años la edad de los menores a cargo que permite aplicar la bonificación de la cuota por contingencias comunes a los trabajadores por cuenta propia por conciliación de la vida profesional y familiar vinculada a la contratación prevista en el art.30 de la Ley 20/2007. La bonificación también será de aplicación a los trabajadores por cuenta propia incluidos en el grupo primero de cotización en el RETMAR.
  • Nuevas bonificaciones a las trabajadorAS autónomAS que se reincorporen al trabajo en determinados supuestos. Las trabajadoras incluidas en el RETA o como trabajadoras por cuenta propia en el grupo primero de cotización del RETMAR que vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia en los dos años siguientes a la fecha del cese de su actividad por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, tendrán derecho a una bonificación en la cuota por contingencias comunes, de 50 euros mensuales durante 12 meses, siempre que opten por cotizar por la base mínima, o una bonificación del 80% cuando optasen por una base de cotización superior a la mínima. 
  • Nueva bonificación por la contratación de familiares del trabajador autónomo. La contratación indefinida por parte del trabajador autónomo como trabajadores por cuenta ajena de su cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, dará derecho a una bonificación en la cuota empresarial por contingencias comunes del 100 % durante un período de 12 meses, siempre que se cumplan determinados requisitos.
  • La cuantía de la pensión de jubilación compatible con el trabajo por cuenta propia alcanzará el 100% cuando se tenga contratado, al menos, un trabajador por cuenta ajena.
  • La cobertura por contingencias profesionales de los trabajadores autónomos incluye el accidente de trabajo “in itinere”, el sufrido al ir o al volver del lugar de la prestación de la actividad económica o profesional. A estos efectos, se entenderá como lugar de la prestación el establecimiento en donde el trabajador autónomo ejerza habitualmente su actividad siempre que no coincida con su domicilio y se corresponda con el local, nave u oficina declarado como afecto a la actividad económica a efectos fiscales.”

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Mejoras para autónomos
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¿Cuáles son las mejoras para autónomos que están por venir?

¿Cuáles son las mejoras para autónomos que están por venir?

Actualmente los trabajadores autonomos dan empleo a más de 3,2 millones de personas, según las cifras facilitadas por el Ministerio de Empleo y para que estas microempresas mantengan el nivel de empleo, el gobierno pretende aprobar una reforma en la que se incluyen medidas de conciliación de la vida laboral y familiar.

Mejoras para autónomos

En el Boletín Oficial del Estado (BOE) se publicarán las mejoras que la nueva Ley del Trabajo Autónomo traerá para estos profesionales y empresas, entre las reformas más importantes se encuentran las debidas a la conciliación de la vida laboral y familiar.

A partir de la entrada en vigor, que se prevé para el año que viene, el autónomo podrá contratar en régimen general, con la posibilidad de bonificación en un 100% en la cuota empresarial a la Seguridad Social, a su pareja, a sus padres y descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado –esto es, nietos, hermanos y cuñados-.

Ademas de esto, la nueva tarifa plana para autónomos, permitira un importante ahorro en la cotización al Régimen Especial de la Seguridad Social, compatible con la cotización de hijos que se incluyan en el Régimen de Autonómos y que vayan a gestionar la pyme.

Otra medida importante será la oportunidad que se brinda a que el autonómo pueda emplear, como asalariado, a su hijo discapacitado. Con la condición de que tenga reconocida la incapacidad o una minusvalía psíquica, física o sensorial, de entre el 33 y el 65%, incluso cuando éste ha superado los 30 años.

Las mujeres que hayan sido madres y reemprendan, antes de dos años desde que tuvieron que cesar, tendrán acceso en exclusiva a una nueva tarifa plana de 50 euros de cuota, el plazo es de dos años desde el cese de su negocio, por maternidad, adopción, acogimiento u otra causa.

Además y a diferencia de lo que ocurre actualmente, para acogerse a esta cuota reducida no será necesario que se sustituya a esa empleada por otro a través de un contrato de interinidad con una persona desempleada, que es una condición obligatoria en estos momentos.

  • Ampliación de las bonificaciones para padres:

Actualmente existe una bonificación de hasta el 100% de las cuotas por contingencias comunes, para autónomos con hijos menores de hasta siete años. A partir del 1 de enero, podrán solicitarla padres y madres con menores a su cargo hasta 12 años. Se amplía, por tanto, en cinco años, aumentando el periodo de conciliación.