5. EJERCICIO PRÁCTICO: LA COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL

Presentación

Este ejercicio tiene como objetivo la aplicación de las bases de cotización a la Seguridad Social.

Objetivos

  • Calcular las bases de cotización a la Seguridad Social.
  • Comprender los tipos de cotización a la Seguridad Social.
  • Calcular la cuota de Seguridad Social.

Planteamiento:

Un trabajador de un comercio, J.T. (administrativo y del régimen general, con jornada a tiempo completo y contrato indefinido) recibió en el mes de enero de 2017 las siguientes retribuciones:

– Salario Base: 1.800 €.

– Plus convenio: 300 €.

– Horas extras: 150 €.

El trabajador tiene derecho a dos pagas extras (en julio y diciembre) por una cantidad de 2.100 € cada una de ellas (salario base + plus convenio), y a una por participación en los beneficios de la empresa de 2.100 €.

Cuestiones:

Una vez leída esta situación ficticia, se trata de resolver los aspectos siguientes:

  1. Calcular las bases de cotización por contingencias comunes y profesionales del trabajador J.T.
  2. Calcular la cotización que corresponde al trabajador J.T. por cada concepto y la cantidad total por cotizaciones que le descontarán en nómina por seguridad social.
  3. Calcular las cuotas totales que debe ingresar la empresa por el trabajador J.T.

Ayuda en la liquidación de Seguridad Social a través de RED DIRECTO

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha venido trabajando en los últimos años en el Sistema de Liquidación Directa de cotizaciones a la Seguridad Social, que le permitirá adoptar un papel activo en el proceso de recaudación, pasando de un modelo de autoliquidación a un modelo de facturación, así como proporcionar mayor información sobre las cotizaciones a empresas y trabajadores a través de un modelo de atención personalizado y multicanal.

Los objetivos prioritarios del Sistema de Liquidación Directa son: minimizar los errores al asumir la TGSS la aplicación de las reglas de cotización y contrastar los datos con carácter previo a la liquidación y mejorar la transparencia y la forma de relación con las empresas basada en un sistema plenamente telemático eliminando la necesidad de actuaciones presenciales y en soporte papel.

Este sistema supone modificaciones en el actual procedimiento de intercambio de información, tratamiento, estructura y formato de los ficheros con el que los usuarios del Sistema RED se relacionan con la TGSS.

SOLUCIÓN:

1) El calculo de las bases de cotización del trabajador J.T., por contingencias comunes y profesionales.

I) PRINCIPALES NORMAS SOBRE LAS BASES DE COTIZACIÓN:

El art. 147 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). Establece que las Bases de cotización a la Seguridad Social, la constituyen para todas las contingencias y situaciones cubiertas por la acción protectora del Régimen General (RG), incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, la remuneración total, sea cual sea su forma o denominación, que con carácter mensual tenga derecho a percibir el trabajador, o la que efectivamente perciba de ser esta superior, por razón del trabajo que realice por cuenta ajena, y con la peculiaridad de que las percepciones de vencimiento superior al mes, pagas extras, participación en beneficios, etc, se deben de prorratear durante los doce meses del año.

En virtud del principio de rango de Ley de las normas tributarias, y de que los ingresos del sector público se deben de incluir en los Presupuestos Generales del Estado, estos anualmente contienen las normas sobre bases de cotización y los tipos de cotización a la Seguridad Social.

Las bases de cotización se diferencian:

  • La de contingencias comunes
  • La de contingencias profesionales
  • Las bases por horas extras

 

Las bases de cotización por horas extras son las que tienen en cuenta las cantidades recibidas en el mes correspondientes por horas extras, que no se tienen en cuenta en el cálculo de la base por contingencias comunes, se aplica a la cotización por accidentes de trabajo, desempleo, Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) Y formación profesional

Las bases tienen unos límites máximos y mínimos, art. 19 de la LGSS,  que se fijan anualmente en los PGE, y reglamentariamente por diversas normas del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, dicta una serie de circulares de obligado conocimiento y cumplimiento para quienes deben de liquidar las cuotas de Seguridad Social.

En el año 2017, como consecuencia de la prorroga de los presupuestos generales del año 2016, se han dictado además de las disposiciones legales de rigor, Orden ESS/106/2017, de 9 de febrero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2017

 

II) BASES DE COTIZACIÓN EN EL AÑO 2017. DEL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
BASES DE COTIZACIÓN CONTINGENCIAS COMUNES
Grupo de Cotización Categorías Profesionales Bases mínimas
euros/mes
Bases máximas
euros /mes
1 Ingenieros y Licenciados.Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores 1.152,90 3.751,20
2 Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados 956,10 3.751,20
3 Jefes Administrativos y de Taller 831,60 3.751,20
4 Ayudantes no Titulados 825,60 3.751,20
5 Oficiales Administrativos 825,60 3.751,20
6 Subalternos 825,60 3.751,20
7 Auxiliares Administrativos 825,60 3.751,20
Bases mínimas
euros/día
Bases máximas
euros /día
8 Oficiales de primera y segunda 27,52 125,04
9 Oficiales de tercera y Especialistas 27,52 125,04
10 Peones 27,52 125,04
11 Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional 27,52 125,04
TIPOS DE COTIZACIÓN (%)
CONTINGENCIAS EMPRESA TRABAJADORES TOTAL
Comunes 23,60 4,70 28,30
Horas Extraordinarias Fuerza Mayor 12,00 2,00 14,00
Resto Horas Extraordinarias 23,60 4,70 28,30

(1) Tipo de contingencias comunes (IT): Trabajadores con 65 años y 0 a 4 meses de edad y 36 años y 3 meses o más de cotización ó 65 años y 5 meses ó más de edad y 35 años y 6 meses o más de cotización: 1,50 por 100 (1,25 por 100 -empresa- y 0,25 por 100 -trabajador-).

(2) En los contratos temporales de duración efectiva inferior a siete días, la cuota empresarial por contingencias comunes se incrementa en un 36 por ciento. No se aplica a los contratos de interinidad, ni al Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrario, incluido en el Régimen General.

DESEMPLEO EMPRESA TRABAJADORES TOTAL
Tipo General 5,50 1,55 7,05
Contrato duración determinada Tiempo Completo 6,70 1,60 8,30
Contrato duración determinada Tiempo Parcial 6,70 1,60 8,30
EMPRESA TRABAJADORES TOTAL
FOGASA 0,20 0,20
EMPRESA TRABAJADORES TOTAL
FORMACIÓN PROFESIONAL 0,60 0,10 0,70
TOPES COTIZACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
MÁXIMO MÍNIMO
3.751,20 825,60
CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL
GRUPO COTIZACIÓN BASE MÍNIMA/HORA
1 6,95
2 5,76
3 5,01
4 a 11 4,97
SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL(SMI)
DIARIO MENSUAL ANUAL
IMPORTES 23,59 707,70 9.907,80
INDICADOR PÚBLICO DE RENTAS DE EFECTOS MÚLTIPLES (IPREM)
DIARIO MENSUAL ANUAL
IMPORTES 17,75 532,51 6.390,13
III) BASES DE COTIZACIÓN DEL TRABAJADOR JT:

 

CONTINGENCIAS COMUNES:
Retribuciones totales mes de ENERO 2100,00€
Prorrata de pagas extras: 2100*3/12= 525,00€
Totales 2625,00€

 

HORAS EXTRAS
Horas extras mes de ENERO 150,00€
Totales 150,00€

 

CONTINGENCIAS PROFESIONALES, DESEMPLEO, FOGASA Y FP
Retribuciones mes de ENERO más horas extras 2250,00€
Prorrata de pagas extras: 2100,00* 3/12 525,00€
Totales * 2775,00€

 

2) Calcular la cotización  que corresponde al trabajador JT por cada concepto y la cantidad total por cotizaciones que le descontarán en nómina correspondiente a seguridad social.

Los tipos de cotización vigentes en 2017 son los que derivan de la siguiente tabla para contingencias comunes, desempleo, FOGASA y Formación Profesional.

TIPOS DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL 2017 para el trabajador JT
Conceptos Empresa Trabajador Total
Contingencias Comunes 23,60 4,70 28,30
Horas Extras No estructurales 23,60 4,70 28,30
Desempleo 5,50 1,55 7,05
FOGASA 0,20 0,20
Form. Prof. 0,60 0,10 0,70
AT y EP a cargo de empresa 0,99 0,99

 

Los tipos de cotización de las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional derivan de la aplicación de la tarifa En materia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales será de aplicación la tarifa de primas establecida en la disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, en la redacción dada por la disposición final octava de la Ley 48/2015, de 29 de octubre. Del que derivan para IT, 0,63% y para Invalidez, Muerte y Supervivencia, 0,36%, a cargo exclusivamente del empresario.

 

3) Cuotas totales a ingresar por empresa y trabajador. Se aplica la formula general:

BASE DE COTIZACIÓN X TIPO = CUOTA

 

CALCULO DE CUOTAS A INGRESAR POR EMPRESA Y TRABAJADOR
CONCEPTOS BASES COTIZ EMPRESA TRABAJADOR TOTAL
Contingencias Comunes 2.625,00€ 619,50€ 123,38€ 742,88€
Horas Extras 150,00€ 35,40€ 7,05€ 42,45€
DESEMPLEO 2731,50€ 163,89€ 42,34€ 206,23€
FOGASA 2731,50€ 10,93€ 10,93€
FORM. PORF. 2731,50€ 16,39€ 2,73€ 19,12€
Contingencias Profesional 2731,50€ 27,04€ 27,04€
TOTALES 873,15€ 175,50€ 1.048,65€

 

La cuantía a ingresar por concepto de cotización a la Seguridad Social en el mes de octubre será de 1.048,65€, al trabajador se le descontará de su nómina la cantidad de 175,50€, en concepto de cotización a la seguridad social.