Pasos para la incorporación

Incorporación al sistema RED DIRECTO de cotización a la Seguridad Social

  1. Solicitud del Certificado Digital

En primer lugar, es necesario solicitar un Certificado Digital que garantice la seguridad en las comunicaciones.

Los Certificados Digitales que se pueden utilizar en el ámbito de RED Directo son cualquiera de los admitidos para los trámites con Seguridad Social (Lista de certificados digitales admitidos)

 

  1. Solicitud de autorización

Los interesados, una vez recibida la información pertinente, y obtenido el certificado digital, presentarán la solicitud de autorización (formulario FR101).

Las autorizaciones al Sistema RED pueden ser de los siguientes tipos:

  • Autorización para actuar en nombre propio: cuando únicamente se vayan a gestionar CCCs o NAFs cuyo NIF coincide con el NIF de la autorización.
  • Autorización para actuar en nombre de otros: aquellas en las que se vayan a gestionar CCCs o NAFs no coincide con el NIF de la autorización, distinguiéndose dos tipos:.
    • Profesional Colegiado: cuando la persona física o jurídica a la que se concede la autorización sea un profesional Colegiado ejerciente de alguno de los siguientes Colegios: Graduados Sociales, Gestores Administrativos, Abogados, Economistas, Titulados Mercantiles y Empresariales, Propiedad Inmobiliaria, Agentes Tributarios, Seguros, Administradores de Fincas Urbanas, Ingenieros, Técnicos Industriales, Procuradores y Registradores.
    • Tercero:en aquellos casos en los que se gestionen códigos de cuenta de cotización con un NIF difernte al NIF de la autorización, y que no cumplan las condiciones para solicitar la autorización del Tipo Profesional Colegiado.

Al igual que ocurre con las autorizaciones actuales, todos estos tipos de autorización se pueden conceder tanto a una persona Física como Jurídica.

Junto al formulario de solicitud de autorización (FR101) debidamente cumplimentado, se deberá presentar además la siguiente documentación:

  • Fotocopia del documento identificativo (DNI, NIE, Pasaporte) del solicitante.
  • Documentación que acredite la representación de la Personalidad Jurídica o de la Persona Física.
  • En el caso de que la autorización sea del tipo Profesional Colegiado se requerirá además el certificado de Profesional Colegiado ejerciente.

Este trámite de solicitud de la autorización puede realizarse presencialmente a la Unidad de Atención al Usuario existente en cada una de las Direcciones Provinciales de la TGSS, o a través del Registro Electrónico de la Sede Electrónica.

Es importante se indiquen como máximo tres CCCs con el fin de habilitarlos para realizar prácticas en afiliación.

 

  1. Solicitud de asignación de CCCs/NAFs

También será necesario solicitar la asignación a la autorización de los CCCs o NAFs que se vayan a gestionar. Este trámite podrá realizarse presencialmente en la TGSS o a través de un servicio disponible en Sistema RED Online / Gestión de Autorizaciones.

  Solicitud presencial

Se deberá presentar la siguiente documentación, en función de si el autorizado Red y el NAF o CCCs a asignar tengan igual o distinto NIF:

  • Formulario FR104: Para aquellos casos en los que el autorizado RED y los CCCs y/o NAF a asignar o rescindir tengan el mismo NIF. En estos casos no se requiere el otorgamiento de representación al autorizado para que actúe en nombre del CCC o NAF ya que coincide con la identidad de ambos. Este formulario sólo ha de estar firmado por el usuario principal de la autorización, al que no se le solicitará que acredite la representación de la empresa autorizada, ya que la acreditó en el momento de la solicitud de la autorización.
  • Formulario FR103: Para aquellos casos en los que el Autorizado RED y el NAF a asignar tengan distinto NIF. En estos casos se requiere representación al autorizado para que actúe en nombre del afiliado. Deberá estar firmado siempre por el usuario principal de la autorización, así como por el afiliado o por el representante de éste.
  • Formulario FR10: Este formulario se utilizará cuando el Autorizado RED y los CCCs a asignar tienen distinto NIF.

Los trámites de Solicitud de asignación de CCCs/NAF a una autorización, no se podrán realizar a través del Registro Electrónico, (ni de forma individualizada, ni conjuntamente a la solicitud de autorización).

Todos los formularios a presentar son de libre descarga en la página web de la Seguridad Social.

  Solicitud telemática

El servicio de solicitud de asignación/rescisión de CCCs/NAFs se encuentra disponible en Sistema RED Online/ Gestión de Autorizaciones. Este servicio solo puede ser utilizado por usuario principal de la autorización:

  • Al solicitar la asignación de un CCC o NAF el sistema comprobara si el NIF de la autorización coincide con el NIF del CCC o NAF a asignar Si coincide lo asignará automáticamente.
  • Si no coincide, la empresa deberá confirmar la asignación a través del servicio creado a tal efecto en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Para más información sobre este servicio consultar el manual de “Gestión de Autorizaciones”.

 

  1. Concesión de la autorización

Una vez concedida la autorización se envía, transcurridos unos días, al autorizado las copias de su resolución de autorización.

 

  1. Gestión de usuarios

El usuario principal de la autorización podrá dar de alta, baja o modificar datos a usuarios secundarios a través del servicio “Alta/Baja o Modificación de Usuarios Secundarios”, situado dentro del apartado “Gestión de Autorizaciones – Gestión de Usuarios Secundarios” del Sistema RED On Line.

No obstante lo anterior, con carácter excepcional se podrá presentar el formulario FR102A por el titular de la autorización para solicitar altas, bajas o modificaciones de usuarios secundarios de manera presencial en las Administraciones. Igualmente el usuario secundario podrá solicitar su baja presentando el formulario FR102U presencialmente, siempre y cuando existan impedimentos suficientemente justificados para no poder realizar dicho trámite de forma telemática.

 

  1. Prácticas en el Sistema

Después de haber obtenido la información necesaria y de haberse formado sobre este nuevo servicio, el usuario está listo para comenzar a trabajar con RED Directo. Es recomendable que antes de comenzar a utilizarlo en modo real se realicen una serie de pruebas. Las pruebas se realizan de forma diferente en los ámbitos de Afiliación y Cotización:

  • Afiliación: Existe la posibilidad de transmitir información en modo de prácticas, es decir, sin efecto real sobre las bases de datos de la TGSS. Es necesario disponer al menos de un Código de Cuenta de Cotización en prácticas, tal y como se ha comentado en la fase de Solicitud de la Autorización. Sobre ese  CCC el usuario podrá realizar las prácticas correspondientes. Para ello, se ha de entrar por la opción de «RED Directo. Afiliación Prácticas” existente en el apartado de “Inscripción y Afiliación Online” del menú «Servicios RED de RED Directo».
  • Cotización: En Cotización no existe la posibilidad de realizar prácticas.Al cierre del plazo de presentación, las liquidaciones calculadas y no confirmadas quedarán en estado borrador y presentadas a efectos del art.26 de la LGSS.

En el ámbito de los partes médicos de alta, baja y confirmación de la baja, sólo se trabaja en real, por lo que no es posible realizar pruebas.